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Jueces de inmigración reciben autorización para rechazar casos de asilo sin audiencias

La nueva regla faculta a los jueces de inmigración revisar los pedidos de asilo y anticipar una decisión de rechazo si las peticiones carecen de suficiente evidencia o no demuestran que cumplen con una de las cinco causales de asilo: persecucion por motivo de raza, religión, opinión política, nacionalidad o pertenencia a un grupo social en particular.
Publicado 15 Abr 2025 – 11:44 AM EDT | Actualizado 16 Abr 2025 – 11:17 AM EDT
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Millones de extranjeros que aguardan la resolución de sus casos de asilo recibieron una preocupante noticia. La directora interina de la Oficina de Revisión de Casos de Inmigración (Corte de Inmigración, EOIR), Sirce Owen, envió un memorando interno a los jueces anunciándoles “nuevos estándares legales” que los faculta a revisar y rechazar casos de asilo “legalmente insuficientes”.

La decisión es similar a las adoptadas durante el primer gobierno del presidente Donald Trump (entre el 20 de enero de 2017 y el 20 de enero de 2021) cuando se establecieron cuotas y se ordenó a los tribunales de inmigración no permitir nada que obstaculice el propósito último de los procesos de deportación, donde los inmigrantes tienen la oportunidad de pedir asilo, y de esa manera facilitar y acelerar las expulsiones.

En el documento, Sirce Owen escribió que los jueces (adjudicadores e la EOIR) “tienen el deber de gestionar eficientemente sus expedientes” y agregó que, de los casi 4 millones de casos acumulados en el expediente de la Corte, “se desprende claramente que esto no ha sucedido”, en referencia a la falta de un manejo expedito.

“En consecuencia, este Memorando de Política (MP) deja claro que los adjudicadores no tienen prohibido tomar —y, de hecho, deberían tomar— todas las medidas apropiadas para resolver de inmediato los casos en sus expedientes que no cuentan con vías legales viables para obtener alivio o protección contra la expulsión”, detalla.

La nueva política explica que los extranjeros en proceso de deportación (donde tienen la oportunidad de pedir asilo) “tienen la carga de demostrar su elegibilidad para cualquier tipo de amparo o protección contra la deportación” y que, “si un extranjero no demuestra su elegibilidad prima facie para el amparo, dicha solicitud generalmente puede ser previamente cancelada”.

La EOIR tiene acumulados más de 3.7 millones de casos, la mayoría de asilos. En enero de 2017, al término del gobierno de Barack Obama, había unos 520,000. Cuatro años más tarde, cuando Donald trump entregó su primer mandato a Joe Biden, había alrededor de 1.2 millones de casos acumulados, de acuerdo con datos del Centro de Información y de Registros Transaccionales (TRAC) de la Universidad de Syracuse.

Qué significa el cambio

“No es algo nuevo, pero en muchos casos los asilos serán denegados, incluso sin una audiencia ante un juez”, dice José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.

“Básicamente ahora los jueces, sin celebrar una audiencia, pueden revisar los casos de asilo y ver que estén o sean legalmente eficientes. Y si la persona cuando aplicó no articuló o no explicó correctamente el caso, el juez entonces podrá rechazarlo”.

Guerrero dijo además que cuando se refiere a la articulación legal correcta, se debe entender que el caso de asilo fue presentado basado en las cinco causas de persecución establecidas por la ley, es decir por motivo de raza, religión nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política.

“Si el pedido de asilo está legalmente presentado de manera deficiente, el juez perfectamente puede negar la petición y emitir una orden de deportación”, advierte Guerrero. “En ese caso el extranjero afectado tiene 30 días para apelar la sentencia”.

A la pregunta respecto a qué deben hacer aquellos extranjeros que presentaron un caso de asilo, están esperando una resolución y teman que puedan ser rechazados, Guerrero recomendó: “Urgentemente busquen un abogado para que evalúe su expediente y ver maneras de poder reforzar la carpeta en este momento”.

Otros abogados consultados por Univision Noticias reiteraron que la pobreza, la falta de trabajo o la búsqueda de un mejor futuro para los hijos “no son causa de asilo”.

Otros argumentos del memorando

En el memorando enviado por Owen a los jueces de inmigración, la directora señala que “si bien sabido que los extranjeros deben demostrar su elegibilidad prima facie para el amparo en ciertas solicitudes, en ciertos contextos parece existir una interpretación errónea por parte de los adjudicadores sobre si esos mismos principios se aplican a las solicitudes de asilo”.

Indica que desde 1989, la Junta de Apelaciones de Inmigración abordó el tema de la pre-terminación de solicitudes de asilo legalmente insuficientes, pero que estas regulaciones no estaban vigentes, sin embargo, su aplicación continua.

La aplicación mencionada corresponde al caso Matter of Fefe, una decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) de 1989 que estableció un requisito clave para los casos de asilo y suspensión de la deportación: los peticionarios deben declarar bajo juramento para ser interrogados exhaustivamente sobre la integridad y exactitud de su solicitud.

Owen también argumentó que, “de hecho, la normativa vigente señala expresamente que no es necesaria una audiencia adicional una vez que un juez de inmigración determina que una solicitud de asilo está sujeta a ciertas causales de denegación obligatoria”. Y reiteró que “otras solicitudes de inmigración están sujetas a pretermisión sin audiencia cuando no son legalmente suficientes”.

La directora escribió además que, “sin duda, el reglamento señala que, durante la audiencia de deportación, el extranjero será interrogado bajo juramento sobre su solicitud”. Pero el reglamento también aclara que los adjudicadores (los jueces), no están obligados a aceptar esta prueba a menos que existan cuestiones fácticas en disputa.

“Sería sumamente ineficiente y tendría poco sentido que los jueces investigaran cada hecho alegado en una solicitud de asilo si este no influye en el resultado legal. Este no es el sistema contemplado en las regulaciones”, apuntó.

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